El ámbito de aplicación se extiende a todas las naves mayores de 20 TRB (toneladas de registro bruto) de bandera nacional, naves de otras banderas bajo la figura de fletamento y contrato de asociación, clasificadas en los siguientes servicios: pesca, carga general, carga y pasaje, transporte de hidrocarburos, naves de pasaje de más de 12 pasajeros, todas las naves de pesca de otras banderas que ingresen a aguas jurisdiccionales del Ecuador a realizar operaciones comerciales y las naves de otras banderas autorizadas para ingresar al Archipiélago de Galápagos a realizar movimientos internos.
Todas las embarcaciones que consten en el Sistema de Gestión Marítima de la DIRNEA deberán acudir a los proveedores autorizados y calificados por la Autoridad Marítima, en los tiempos establecidos y una vez que se conozcan las empresas calificadas como proveedores, para que se realice la implementación del sistema. De la misma forma deberán mantener operativos y en funcionamiento los equipos instalados a bordo de sus embarcaciones, así como con alimentación eléctrica externa en forma permanente.
El sistema de comunicación satelital utilizado para permitir la transmisión de la información por el DMS y la recepción de los datos por las Estaciones Terrenas, ofrecerá cobertura total y permanente dentro de la jurisdicción marítima del Ecuador para las naves que operan en la misma y fuera de la jurisdicción marítima nacional, para aquellas naves de registro nacional, fletamento y contrato de asociación que realicen operaciones fuera de ella. El DMS deberá ser instalado en una zona protegida y fácilmente accesible del puente o derrota del barco, de manera que no interfiera con otros equipos ni afecte a las operaciones de seguridad del buque. La antena deberá ser fijada a una parte estructural del buque, sin que sufra interferencias de otros equipos embarcados.
La empresa proveedora del sistema deberá brindar un servicio técnico permanente a los Centros de Monitoreo Satelital de la Dirección Nacional de los Espacios Acuáticos y a los ARMADORES y/o PROPIETARIOS que hayan adquirido el DMS y contratado el servicio de comunicación satelital, para lo cual deberá contar con representantes técnicos en los principales puertos del país, específicamente Guayaquil, Manta y Puerto Ayora o San Cristóbal.
Con la implementación de este sistema satelital, la Autoridad Marítima del Ecuador y el Cuerpo de Guardacostas podrán acudir en auxilio de toda embarcación que envíe una señal de emergencia, logrando con esa información lo siguiente:
1.- Identificación de la nave de acuerdo a un código previamente asignado por la DIRNEA
2.- Posición geográfica de la nave (latitud-longitud) con un margen de error que no supere los 100 metros.
3.- Rumbo (no mayor a 1 grado sexagesimal) y velocidad de la nave (con un margen de error no mayor a 0.5 nudos)
4.- Fecha y hora GMT en que se haya enviado el mensaje de emergencia.
5.- Identificación de mensaje de DISTRESS (mensajes de alerta).